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Buenos Aires,

Proyectos de Ley Presentados por el Diputado Nacional Eduardo Raúl Conesa

AUTOR: Diputado Nacional Eduardo Raul Conesa

Libro Completo de los Proyectos de Ley Presentados por el Diputado Nacional Eduardo Raúl Conesa, durante el período: 2016 a 2017.Leer más

Libro Completo de los Proyectos de Ley Presentados por el Diputado Nacional Eduardo Raúl Conesa, durante el período: 2016 a 2017. Ocultar

Buenos Aires,

Curso de Formacion De Dirigentes por Miguel Ángel Cárcano

AUTOR: Partido Demócrata

OBJETIVOS   Promover un ámbito de encuentro para favorecer la participación política de los jóvenes. Intercambiar conocimientos útiles de teoría y práctica política, económica y legal relevantes para la vida institucional del país. Favorecer el desarrollo de liderazgos jóvenes con vocación política y de servicio. Compartir conocimientos y experiencias entre los participantes y los expositores. […]Leer más

OBJETIVOS  
  • Promover un ámbito de encuentro para favorecer la participación política de los jóvenes.
  • Intercambiar conocimientos útiles de teoría y práctica política, económica y legal relevantes para la vida institucional del país.
  • Favorecer el desarrollo de liderazgos jóvenes con vocación política y de servicio.
  • Compartir conocimientos y experiencias entre los participantes y los expositores.
  • Promover los valores fundamentales de la convivencia humana y de la democracia que sustentan el ideario del partido, entre los que se destacan:
    • Una perspectiva ética de la política al servicio de los ciudadanos basada en la dignidad de la persona humana.
    • La familia y el derecho de propiedad privada como bases fundamentales de la organización social.
    • Un orden social libre que aliente la iniciativa privada como elemento esencial del progreso genuino y de la movilidad social…
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Buenos Aires,

Declaración Ciudadana por la Vida y la Familia

AUTOR: Universidad Católica Argentina

[Derecho a la vida] La vida del ser humano es siempre un bien. La vida de todo ser humano es inviolable desde el inicio de su existencia en la fecundación hasta su muerte natural. Esta inviolabilidad se expresa, en términos jurídicos y sociales, en el denominado “derecho a la vida”. [Dignidad del ser humano] Cada […]Leer más

[Derecho a la vida] La vida del ser humano es siempre un bien. La vida de todo ser humano es inviolable desde el inicio de su existencia en la fecundación hasta su muerte natural. Esta inviolabilidad se expresa, en términos jurídicos y sociales, en el denominado “derecho a la vida”. [Dignidad del ser humano] Cada ser humano, posee una intrínseca dignidad con independencia de su edad, sexo, raza, religión, rasgos físicos o genéticos, origen o condición socioeconómica. [Reconocimiento jurídico-positivo del derecho a la vida] El derecho a la vida del ser humano desde su concepción ha sido expresamente reconocido por el derecho argentino en su Carta Magna y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos (Art. 29, 33, 75 inc. 22, 75 inc. 23 de la   Constitución Nacional). También en numerosas leyes y disposiciones nacionales y provinciales. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha ratificado esta inviolabilidad de la vida humana (Fallo “Portal de Belén”). [Derecho a la vida y derechos humanos] El derecho a la vida es el presupuesto de todos los derechos. Su privación implica la supresión o negación de todos los demás derechos humanos. Por ello, nadie, ya sea juez, legislador, funcionario o simple ciudadano, tiene derecho a disponer, bajo ningún pretexto, de la vida de un ser humano. [La injusticia del aborto] El derecho protege la vida humana por nacer en todos los niveles: penal, civil, administrativo. El aborto procurado es siempre una conducta injusta que priva a una categoría de seres humanos, los niños por nacer, de su derecho a la vida. En tal sentido, la despenalización del aborto equivale, en los hechos, a su legalización y se configura como gravemente contraria a la dignidad del ser humano, a sus derechos fundamentales y a la misma Constitución Nacional…. Ocultar

Buenos Aires,

Carta Abierta a la Corte Suprema de Justicia de la Nación

AUTOR: Asociación De Abogados Por La Justicia Y La Concordia

De nuestra consideración: El pasado 7 de abril solicitamos formalmente una entrevista a ese alto Tribunal, para dar cuenta de la fundación de nuestra Asociación Civil Abogados por la Justicia y la Concordia, ocurrida el 12 de agosto de 2009, que hoy integramos más de trescientos abogados pertenecientes al foro de la ciudad de Buenos […]Leer más

De nuestra consideración: El pasado 7 de abril solicitamos formalmente una entrevista a ese alto Tribunal, para dar cuenta de la fundación de nuestra Asociación Civil Abogados por la Justicia y la Concordia, ocurrida el 12 de agosto de 2009, que hoy integramos más de trescientos abogados pertenecientes al foro de la ciudad de Buenos Aires Hasta hoy, no hemos recibido respuesta e, interpretando el silencio del excelentísimo Tribunal como una declinación tácita a la posibilidad de recibirnos, nos dirigimos públicamente a usted y, por su intermedio, a los demás ministros del cuerpo, para expresar, de este modo, lo que hubiéramos manifestado en el despacho del señor Presidente de haber sido recibidos. Nos hemos asociado, señor Presidente, porque la Justicia está desvirtuada y la Concordia desconocida. Como abogados, tenemos el deber que surge de nuestro juramento profesional, por el cual, a través de la Constitución, nos comprometimos a «afianzar la justicia», de modo que ella pueda, así, alcanzar su objetivo, que es dar a cada uno su derecho. Como ciudadanos, tenemos el deber de procurar la concordia, la paz interior, bien común fundamental de cualquier sociedad política… Ocultar

Buenos Aires,

Declaración acerca del Matrimonio

AUTOR: Colegio De Abogados De La Ciudad De Buenos Aires

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires señala que el reciente fallo dictado por una jueza en lo contencioso administrativo de la Ciudad de Buenos Aires declarando la inconstitucionalidad del Código Civil por entender que este impide el matrimonio entre personas del mismo sexo, al dirimir una cuestión que está reservada por […]Leer más

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires señala que el reciente fallo dictado por una jueza en lo contencioso administrativo de la Ciudad de Buenos Aires declarando la inconstitucionalidad del Código Civil por entender que este impide el matrimonio entre personas del mismo sexo, al dirimir una cuestión que está reservada por nuestro ordenamiento jurídico a los juzgados nacionales de primera instancia en lo Civil de la Capital Federal, incurre en una manifiesta incompetencia en su proceder, viciando así de nulidad absoluta la sentencia pronunciada. La competencia para sustanciar y decidir acerca de las cuestiones de impedimento para contraer matrimonio, de manera indubitable e indeclinable corresponde a los jueces nacionales civiles… Ocultar
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